Qué no cubre

  1. La hospitalización para fines de reposo o psiquiátricos.
  2. Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamientos.
  3. Tratamientos que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones.
  4. Tratamientos por adicción a drogas o alcoholismo, Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares.
  5. Lesión o enfermedad causada por:
    • Participación del asegurado en actos calificados como delitos por la ley.
    • Hechos deliberados que cometa el asegurado, tales como los intentos de suicidio, lesiones autoinferidas y abortos provocados.
  6. Todo tipo de tratamiento dental, Aparatos auditivos, lentes o anteojos ópticos.
  7. Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el solo efecto preventivo, no inherentes ni necesarios para el diagnóstico de una incapacidad.
  8. La atención particular de enfermería fuera del hospital.
  9. Gastos por acompañantes, mientras el asegurado se encuentre hospitalizado, incluyendo alojamiento, comida y similares.
  10. Lesión o enfermedad surgidas de la ocupación del asegurado, cubierta por la legislación de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  11. Incapacidades preexistentes, entendiéndose por tales aquellas que han sido diagnosticadas médicamente con anterioridad a la fecha de inicio de la cobertura de la presente póliza.