Nuevo Beneficio para cliente
con Subsidio Habitacional

DS 40 del 2004 y DS 01 de 2011

El Gobierno de Chile, por intermedio del Decreto Supremo N° 2 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), otorgó nuevos beneficios a los clientes de Créditos Hipotecarios que adquirieron su vivienda con los subsidios otorgados en conformidad al D.S. 40 de 2004 ó al D.S. 01 de 2011 y para aquellos clientes que cumpliendo con los requisitos para acogerse al subsidio referido en el D.S. 12 de 2011, no lo hicieron oportunamente.

Los beneficios indicados en este Decreto consisten en:

  • Una rebaja sobre los dividendos hipotecarios, pagados al día. Desde marzo 2015 y hasta la fecha de vencimiento de su Crédito Hipotecario.
  • Un subsidio adicional destinado al pago de la prima de seguro de desempleo.

Los requisitos para acceder a estos beneficios son:

  • Ser Beneficiario del MINVU.
  • Monto del Crédito original hasta UF 1.200.
  • Ser propietario sólo de la vivienda a cuya adquisición se aplicó el subsidio y no ser propietario de otra vivienda.
  • Encontrarse al día en su Crédito Hipotecario. Recuerde que puede pagar entre el día 1 y 10, o hábil anterior, de cada mes; si el día 10 del mes de pago cae día sábado, domingo o festivo, debe realizar su pago el día hábil anterior. Al pagar por internet tenga la precaución de cancelar antes de las 14:00 hrs. para acceder al beneficio.

¿Cómo se aplica la rebaja en el valor del dividendo?

Si usted cumple con estos requisitos antes descritos, nuestro banco le emitirá, posterior al pago total del dividendo que usted realice por caja o por web, un vale vista electrónico con el monto de la rebaja correspondiente. El vale vista usted podrá cobrarlo en cualquiera de nuestras sucursales o a través de la página web.