Con el fin de dar cumplimiento a la normativa vigente de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), que indica que el Banco debe actualizar al menos una vez al año los datos de renta de los clientes, es que solicitamos la documentación de respaldo que acredite sus ingresos.
Además esta información de actualización está contenida dentro de las condiciones comunes al contrato de sus productos: “El Cliente deberá informar al Banco todo cambio en su nivel de ingresos, en su dirección registrada en el Banco, correo electrónico y teléfonos, tan pronto se produzcan, y en todo caso actualizar dicha información una vez al año”.
En términos generales, se suelen pedir los siguientes documentos (para más detalle consulte a su Ejecutivo de Cuentas):
Personas Naturales Dependientes
- 3 últimas liquidaciones de sueldo + Certificado de AFP, o
- Consulta Previred (hasta tope imponible).
Personas Naturales Independientes o empresas de inversión.
- DAI + Cualquiera de las Boletas de Honorarios indicadas: Emitidas por el Cliente en los últimos 4 meses o Form 29. Emitidas por Terceros para los últimos 4 meses, por servicios realizados a empresas que tributan en 1ª categoría sobre la base de contabilidad completa. o
- Última DAI presentada dentro del plazo legal (Form 22 del SII). ó
- Sólo Boletas emitidas por el cliente o por Terceros de los últimos 4 meses.
Jubilaciones / Pensionados
- Última liquidación de pago de pensión o último abono en Cuenta Corriente Bancaria que indique abono de pensión.
Deberá solicitar la actualización de la actividad económica registrada en Banco Santander.
Banco Santander tiene la obligación de solicitar la información necesaria para mantener los expedientes de renta actualizados de sus clientes, y así cumplir con la normativa vigente. En caso de que el Banco no reciba la información necesaria, se encontrará obligado, en base a los antecedentes disponibles, a evaluar la continuidad de la relación comercial con el Banco y a informar la situación a los organismos correspondientes