Common Reporting Standard (CRS), es decir, el Estándar Común de Reporte, fue elaborado por la OCDE junto con los países del G20 y consiste en un sistema de intercambio automático de información entre los países participantes que permitirá a las Administraciones tributarias de éstos disponer, en forma periódica, de información fiscal de sus contribuyentes en instituciones financieras situadas en el extranjero.
Cooperar en el intercambio de información con fines tributarias entre jurisdicciones participantes con el fin de impedir la evasión y elusión fiscal en el extranjero.
El 5 de julio de 2017 se publicó en el Diario Oficial el decreto N° 418 que aprobó el Reglamento que fija las obligaciones de identificación de cuentas financieras.
De acuerdo con CRS y al Reglamento publicado en el Diario Oficial, a contar del 1 de julio de 2017, las instituciones financieras tienen la obligación de identificar y revisar las cuentas financieras relacionadas con personas con residencia tributaria en jurisdicciones extranjeras, enviando con consentimiento del titular, al Servicio de Impuestos Internos de Chile, información respecto de las cuentas o productos financieros mantenidos por contribuyentes de los países participantes.
Estos reportes serán puestos a disposición de las autoridades fiscales de los países adheridos.