Seguro Vida Colectivo

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Para qué sirve

Es un producto destinado a cubrir el fallecimiento de las personas, que tengan la calidad de funcionarios de Empresas, que son clientes de Banco Santander, ya sean Persona Jurídicas o Personas naturales con giro comercial.

Beneficios

Cubre el riesgo de fallecimiento de él o los asegurados, si éste ocurre durante el periodo de vigencia de la póliza.

Tiene Asistencia Urgencia Médica para Empleados por accidente y enfermedad, llamando al 600 9455240.

  • Cubre gastos de urgencia, con máximo de UF9 por evento.
  • Sala de Urgencia por enfermedad. Límite 3 eventos al año (por grupo familiar).
  • Cubre Traslado en Caso de Urgencia (para Accidentes o enfermedades con riesgo vital).
  • Orientación Médica Telefónica.
  • Tiene Asistencia Legal para la Empresa Contratante, llamando al 600 9455240.

Capital asegurado

El capital asegurado será el Monto asegurado Global elegido por la Empresa. Cada funcionario puede tener un capital que va desde las UF 500 y hasta UF 2.000.

Requisitos de asegurabilidad.

  • Personas naturales que: Sean trabajadores de la empresa contratante. Con contrato de trabajo vigente en la empresa Contratante de la póliza, a la fecha de su incorporación al seguro. Que autoricen y firmen por escrito la contratación del seguro, el monto asegurado y la designación de beneficiario (En el documento Declaración del Asegurado).
  • La edad mínima de entrada es de 18 años.
  • La edad máxima de entrada es de 60 años y 364 días.
  • La edad máxima de permanencia es de hasta los 64 años y 364 días.

Para más información llama al 600 320 3003