Condiciones Comunes de los Contratos de Planes
Junto con darle nuestra más cordial bienvenida al Banco Santander, queremos informarle que hemos creado un apartado de condiciones comunes para nuestros contratos de apertura de Planes Cuenta Corriente o Productos Individuales (Cuenta Corriente, Tarjeta de Débito, Línea de Crédito y Tarjeta de Crédito). Aquí encontrará algunos puntos del Contrato de Plan de Servicios Financieros que Ud. debe tener en consideración. Estos documentos no reemplazan al contrato. Recuerde leerlo completo y cualquier consulta puede canalizarla a través de su ejecutivo de cuentas.
- Condiciones Comunes al Contrato de Plan de Servicios Financieros.
(Persona Natural con Giro-Persona Jurídica) - Condiciones Comunes al Contrato de Cuenta Corriente.
(Persona Natural con Giro-Persona Jurídica) - Condiciones Comunes al Contrato de Línea de Crédito Automática en Cuenta Corriente (LCA).
(Persona Natural con Giro-Persona Jurídica) - Condiciones Comunes del Contrato de Afiliación al Sistema y Uso de Tarjeta de Débito.
(Persona Natural con Giro-Persona Jurídica) - Condiciones Comunes del Contrato de Apertura de Crédito en Moneda Nacional y Afiliación al Sistema y Uso deTarjetas de Crédito, Uso de Servicios Automatizados y Mandatos Especializados.
(Persona Natural con Giro-Persona Jurídica) - Condiciones Comunes al Contrato para operar a través de cajeros Automáticos y demás Medios Electrónicos o Sistemas Bancarios Automatizados y Remotos.
(Persona Natural con Giro-Persona Jurídica)
El Contrato de Plan de Servicios Financiero condiciones particulares, es un contrato de adhesión, que contiene un conjunto de contratos que han sido convenidos simultáneamente por usted, que pasan a denominarse todos conjuntamente el Plan. El contrato describe los derechos y obligaciones de usted como cliente, así como los del Banco, respecto de los siguientes productos. Al firmar este contrato está declarando conocer las condiciones particulares y comunes que se encuentran publicadas en www.santander.cl